En cumplimiento a los artículos 189 y 190 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (la Ley) y al artículo Tercero Transitorio de los Lineamientos de Colaboración en materia de Seguridad y Justicia, se publican los siguientes datos del Área Responsable de CTI CALL, S.A. de C.V., para atender los requerimientos de información de Autoridades Facultadas y Designadas sobre:
Datos conservados;
Localización geográfica en tiempo real de los dispositivos o equipos terminales móviles, y
Órdenes judiciales de intervención de comunicaciones.
Datos del Área Responsable:
Nombre: Carlos Cadenas García Puesto: Gerente de Operaciones Teléfono: 55–1258–0255
Nombre: Eduardo Espinoza Martínez Puesto: Gerente de producto Teléfono: 33-1727-7369
Dirección para recibir documentación física:
Av insurgentes Sur No. 700, Colonia del Valle Norte, Alcaldía Benito Juárez, C.P. 03103, Ciudad de México.
Teléfono: 55–1258–0255
Email: notificaciones@tokamovil.mx
- Procedimiento para atender requerimientos de Datos Conservados:
- Las Autoridades Facultadas y Designadas deberán dirigir sus escritos de requerimiento de información a CTI CALL, S.A. de C.V.
- Se recomienda la utilización del formato denominado “Formato para la Gestión de Requer
imientos de Información en Materia de Seguridad y Justicia”, identificado como “Anexo I” de
los Lineamientos de Colaboración en materia de Seguridad y Justicia de la Ley.
- CTI CALL, S.A. de C.V. contestará de forma positiva los requerimientos de la Autoridad entregando la información solicitada, únicamente cuando la Autoridad emisora se encuentre debidamente facultada o designada y su oficio de requerimiento de infor mación cumpla con todos los requisitos previstos en los diversos ordenamientos legales aplicables.
- Todo oficio de requerimiento de la Autoridad será contestado o rechazado en la vía y
forma que fueron entregados a CTI CALL, S.A. de C.V.
- Procedimiento para atender requerimientos de Localización Geográfica en Tiempo Real de los dispositivos o equipos terminales móviles:
- Las Autoridades Facultadas y Designadas deberán dirigir sus escritos de requerimiento de información a CTI CALL, S.A. de C.V.
- Se recomienda la utilización del formato denominado “Formato para la Gestión de
Requerimientos de Información en Materia de Seguridad y Justicia”, identificado como
“Anexo I” de los Lineamientos de Colaboración en materia de Seguridad y Justicia de la Ley.
- CTI CALL, S.A. de C.V. contestará de forma positiva los requerimientos de la Autoridad entregando la información solicitada, únicamente cuando la Autoridad emisora se encuentre debidamente facultada o designada y su oficio de requerimiento de información cumpla con todos los requisitos previstos en los diversos ordenamientos legales aplicables.
- Todo oficio de requerimiento de la Autoridad será contestado o rechazado en la vía y
forma que fueron entregados a CTI CALL, S.A. de C.V.
- La Autoridad deberá proporcionar una dirección electrónica institucional para que la información de la geolocalización sea enviada a través de correos electrónicos. Así mismo deberá de mencionar la periodicidad temporal en la que los correos electrónicos deban ser desbordados.
- La información que se entregue en cada correo electrónico será la siguiente:
- Número telefónico;
- Fecha (día, mes y año),
- Coordenadas geográficas (longitud y latitud),
- Tipo de localización: (Exacta (GPS), Triangulación (3 antenas) y Referenciada (1 antena)).
- Procedimiento para atender Órdenes Judiciales de Intervención de Comunicaciones:
- Toda orden de intervención de comunicaciones deberá ser fundada y autorizada por un
Juez Federal, y deberá ser notificada de manera física al domicilio convencional de CTI CALL,
S.A. de C.V., ya que en caso contrario será devuelta a la Autoridad emisora.
- CTI CALL, S.A. de C.V., rendirá el informe de Ley correspondiente, señalan do si existió o no la posibilidad técnica para intervenir las comunicaciones de los equipos solicitados por el Juez Federal.